Beneficios

    • Reconocimiento de pasajes y viáticos para su traslado al lugar de incorporación, y el regreso a su domicilio una vez licenciado o desacuartelado.Servicio de salud, alojamiento, alimentación y vestuario.
    • Reconocimiento de 1 SMMV al momento de su licenciamiento.
    • Entrada gratis a espectáculos públicos, eventos deportivos, museos, centros culturales y artísticos que pertenezcan a la Nación.
    • Otorgamiento de un permiso anual con una subvención de transporte equivalente a 1 SMMV y devolución proporcional de la partida de alimentación. 
    • En caso de calamidad doméstica comprobada, le será otorgada una subvención de transporte equivalente a 1 SMMV. 
    • Derecho a recibir formación laboral productiva por parte del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
    • Convenios con empresas de transporte y telefonía móvil públicas y privadas para acceder a descuentos. 
      • El tiempo de servicio militar será computado para pensiones y cesantías en Fondos Públicos y Privados.
      • Al ciudadano que haya sido admitido o esté cursando estudios superiores, y decida aplazarlos, para cumplir con la obligación de prestar el servicio militar obligatorio, la institución educativa deberá reservar el cupo.
      • Descuentos para el ingreso a escuelas de formación militar.
      • Convenios con instituciones de educación superior pública y privada para acceder a descuentos sobre el valor de la matrícula, previa suscripción de convenios.
      • Acceso a carreras técnicas, tecnológicas y de formación para el trabajo en aprovechamiento de los convenios existentes con el Sena.
      • Línea de crédito con el Icetex.
      • Priorización en los programas y políticas de generación de empleo y enganche laboral. 
      • Línea de crédito especial para el regreso a la actividad agropecuaria a quienes provienen de áreas rurales.
    • Cerca de 43.000 integrantes de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional podrán acceder a 4 pagos de $160.000 a partir de este 31 de agosto.

      Para acceder deben:

      • Reunir requisitos del Decreto 518 del 2020
      • No hacer parte de programas Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción
      • No ser beneficiarios de compensación del IVA
      • Encontrarse en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad económica
      Fuente: www.dnp.gov.co